Nos hacemos eco del articulo del Blog Salmón acerca de la exit tax y sus implicaciones.

«Un cambio que ha pasado bastante desapercibido en la futura ley del IRPF que entrará en vigor en enero es la nueva tributación que se ha sacado de la manga el Gobierno para tributar por las plusvalías latentes de las participaciones empresariales si pierdes la condición de residente en España.

cantidades a cuenta

La redacción de este nuevo artículo (según diario del Congreso) es la que acompaña al post en la imagen y aquí tenemos que tener en cuenta varios puntos para determinar a quién le afecta, porque creo que, este artículo es lamentable y que lo efectos para patrimonios medios son bastante serios.

Referido al IRPF y a los emprendedores, tal y como entiendo esta redacción, necesitamos tener la condición de residentes en el IRPF al menos 10 años durante los últimos 15, que la valoración del total de estas participaciones exceda de los 4 millones de euros o bien que tengamos más del 25% de una entidad y que su valor exceda de 1 millón de euros.

Más que a los emprendedores, aquí se quiere capturar a nuestros jubilados, a los empresarios que llevan toda la vida operando y que tienen participaciones empresariales importantes con patrimonio global a los 4 millones de euros. Es la manera de parar una teórica fuga de capitales al extranjeropor el cambio de residencia del propio titular de los bienes.

La tributación es una pasada, puesto que realmente estaríamos tributando por una plusvalía latente no realizada, pero a efectos prácticos, esta plusvalía tiene que ser valorada por métodos fiscales, no por la valoración de starts up que ahora mismo vemos en el mercado emprendedor.»

El autor concluye indicando que;

«Mucho criticamos por estas páginas a las voces autoritarias, pero esta modificación del IRPF es un golpe de autoridad al mejor estilo dictatorial, cerrando fronteras a la inversión, impidiendo que salgas del país si tienes dinero o incluso, vetando que vengan inversores de fuera o gente con empresas a establecerse como residentes en España.»

 

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